Deducción y desgravación de donaciones a SCHOLAS
Si has decidido realizar un donativo a SCHOLAS te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta. Desde enero de 2020 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realicen en favor de SCHOLAS, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
Personas Físicas (IRPF) |
Porcentaje de deducción |
Primeros 150€ |
80% |
Resto |
35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * |
40% |
Límite deducción base liquidable |
10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS) |
Porcentaje de deducción |
Donaciones en general |
35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)* |
40% |
Límite deducción base liquidable |
10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
- Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esa cantidad la deducción será del 35% o del 40% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es
- Si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG, las deducciones aplicables pueden ser diferentes.